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Inversión Extranjera en la República Dominicana: Una Guía Completa

En P & W Servicios Legales, entendemos que la inversión extranjera es clave para el desarrollo económico y social de la República Dominicana. A continuación, ofrecemos un panorama detallado del marco legal, beneficios y procedimientos relacionados con la inversión extranjera en el país, para apoyar a nuestros clientes en sus iniciativas.

Régimen Legal Aplicable a las Inversiones Extranjeras

La República Dominicana cuenta con un marco legal diseñado para incentivar y regular las inversiones extranjeras:

Ley No. 16-95 sobre Inversión Extranjera

Promulgada el 20 de noviembre de 1995, esta ley fomenta la participación de personas físicas y morales extranjeras, así como nacionales residentes en el extranjero, en el capital de empresas locales. Define los derechos, obligaciones y excepciones aplicables en sectores específicos.

Ley No. 98-03 Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD)

El CEI-RD fue creado para promover la inversión y asistir a exportadores mediante el fortalecimiento del comercio exterior y el intercambio comercial entre países.

Reglamento No. 214-04 Registro de la Inversión Extranjera

Este reglamento establece formalidades para el registro de inversiones extranjeras, remesas, repatriación de capitales y requisitos para ventas de divisas, complementando las leyes anteriormente mencionadas.

Sectores Abiertos y Restricciones a la Inversión Extranjera

La legislación dominicana permite, en términos generales, la participación de inversionistas extranjeros en cualquier actividad económica. Sin embargo, la Ley No. 16-95 prohíbe inversiones en los siguientes sectores:

  1. Gestión de desechos tóxicos, peligrosos o radiactivos no producidos en el país.
  2. Actividades que impacten negativamente la salud pública o el equilibrio medioambiental.
  3. Producción de materiales y equipos vinculados directamente a la defensa y seguridad nacional, salvo autorización del Poder Ejecutivo.

Tipos y Formas de Inversión Extranjera

La Ley No. 16-95 distingue tres formas principales de inversión extranjera:

  1. Inversión Extranjera Directa: Capital proveniente del exterior para empresas locales.
  2. Reinversión Extranjera: Utilidades generadas por una inversión extranjera registradas en el país y reinvertidas en la misma empresa.
  3. Inversión Extranjera Nueva: Utilidades provenientes de una inversión registrada en una empresa diferente a la original.

Estas inversiones pueden materializarse a través de:

  • Aportes en numerario: Moneda convertible.
  • Aportes en naturaleza: Maquinaria, equipos, materias primas, entre otros.
  • Instrumentos financieros: Títulos reconocidos como inversión extranjera.
  • Aportes tecnológicos intangibles: Marcas, procesos industriales, asistencia técnica, entre otros.

La Ley de Registro de Tierras de 1947

El 11 de octubre de 1947 se promulgó la Ley No. 1542 de Registro de Tierras, que consolidó los principios del Sistema Torrens y estableció un marco legal claro para la gestión de las propiedades inmobiliarias en la República Dominicana. Durante más de medio siglo, esta ley fue la columna vertebral del desarrollo inmobiliario del país, proporcionando seguridad en las transacciones y protegiendo los derechos de los propietarios.

Beneficios del Registro de Inversiones Extranjeras

Registrar una inversión extranjera en el CEI-RD otorga múltiples beneficios:

  • Libre convertibilidad de fondos y acceso a divisas internacionales.
  • Derecho a repatriar capitales y dividendos declarados.
  • Repatriación de obligaciones por contratos de servicios tecnológicos.
  • Acceso a un proceso especial y expedito de residencia en el país.

Procedimiento de Registro de Inversiones Extranjeras

El registro debe realizarse en el CEI-RD dentro de los 180 días naturales posteriores a la inversión. El proceso incluye la presentación de una solicitud formal, evaluación y la emisión de un Certificado de Registro en un plazo de 15 días hábiles.

 

Inversión Extranjera y DR-CAFTA

La República Dominicana es signataria del DR-CAFTA, tratado que otorga protecciones adicionales a los inversionistas, tales como:

  1. Trato no discriminatorio.
  2. Límites a requerimientos de des
  3. Libre transferencia de fondos.
  4. Protección contra expropiaciones no justificadas.
  5. Nivel mínimo de trato conforme al derecho internacional.
  6. Contratación libre de personal gerencial sin importar su nacionalidad.

Además, los inversionistas tienen acceso a mecanismos de arbitraje internacional en caso de disputas.

¿Por Qué Elegir la República Dominicana para Invertir?

Con una economía abierta, leyes favorables y un entorno estable, la República Dominicana ofrece un marco atractivo para la inversión extranjera. En P & W Servicios Legales, estamos comprometidos a brindar asesoramiento integral para garantizar que sus proyectos de inversión cumplan con las normativas y sean exitosos.

Contáctenos para más información o asistencia legal personalizada.

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